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Colombia. Sigue caliente el lío con Cortuluá.

Atlético Nacional anunció este miércoles que interpuso tutela en contra de la Federación Colombiana de Fútbol y la Dimayor, “con el fin de que se le reestablezca el acceso a la justicia en cumplimiento de los reglamentos federativos y estatutos deportivos de la FIFA”.

Esta tutela le podría traer problemas al club antioqueño, pues las implicaciones disciplinarias podrían ir hasta la desafiliación del club, según el artículo 3 del código disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol, el cual no permite acudir a la justicia ordinaria. Su penalización podría ser la desafiliación.

"No podrán someter disputas de tal naturaleza ante tribunales ordinarios a menos que se especifique en la reglamentación Fifa. Agotada la vía federativa (instancias de los órganos disciplinarios deportivos), podrán someter las controversias ante el Tribunal Arbitral de Deporte (TAS) de Lausana (Suiza) o al tribunal de arbitramento que eventualmente se señale en los estatutos de la Fifa, la Conmebol, la FCF y la Dimayor, según corresponda”, dice el reglamento de la Federación.

Comunicado de Nacional
“Atlético Nacional interpuso el pasado viernes 23 de julio una tutela en contra de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) y de la Dimayor, con el fin de que se le reestablezca el acceso a la justicia, conforme se prevé en los reglamentos federativos y estatutos deportivos de la FIFA, y se le reconozca su derecho constitucional fundamental a que sea la justicia quien defina en derecho si el equipo incumplió un contrato y debe pagar una indemnización de $5 millones de dólares más intereses, a raíz del litigio que hay con Cortuluá por el jugador Fernando Uribe.

Las Comisiones del Estatuto del Jugador de la Dimayor y de la FCF no son jueces de la República. Por ese motivo, no pueden dirimir diferencias contractuales entre sus afiliados ni condenar el pago de perjuicios de un club a otro, al tenor del artículo 11 del Decreto 1228 de 1995, el cual sólo les da funciones administrativas. No obstante, con grave desafío a la Constitución Nacional y a las leyes, el artículo 69 de los estatutos de la Federación Colombiana de Fútbol, indica que la Comisión del Estatuto del Jugador ejerce funciones jurisdiccionales.

El único órgano especializado en materia deportiva que puede impartir justicia y decidir en derecho si un club o un jugador incumplió un contrato deportivo y tasar su perjuicio es el TAS, en su condición de Tribunal de Arbitramento, al que deben someterse este tipo de diferencias en última instancia, como lo preceptúa el artículo 57 y siguientes de los estatutos de la FIFA y el artículo 13, numeral 20, de los propios estatutos de la Federación Colombiana de Fútbol.

La Comisión del Estatuto del Jugador de la FCF usurpa funciones judiciales y utiliza sus facultades para constreñir a Atlético Nacional al pago de lo no debido. Por si fuera poco, la FCF rompió la neutralidad que debe observar entre clubes al concurrir al TAS para controvertir su competencia antes de fallar a favor de Atlético Nacional, contrariando con ello no sólo el artículo 57 de los estatutos de la FIFA, sino también vulnerándole a Atlético Nacional el derecho fundamental de acceso a la justicia a través de su juez natural que, en este caso, es el TAS.

La Dimayor y la FCF no pueden apelar a sus facultades disciplinarias para forzar a Atlético Nacional a pagar una multimillonaria suma a favor del Cortuluá, que no ha determinado una autoridad judicial. A pesar de ello, estas entidades (Dimayor y FCF) le han impedido el registro de sus jugadores a la Liga BetPlay hasta que se pague dicha condena.

Atlético Nacional espera que la justicia constitucional actué en estricto derecho, a través del fallo de la tutela que fue interpuesto el pasado viernes, y se evite este desbordamiento abusivo de funciones que se está viviendo en este caso”.

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